RFC y CURP
Una de las reformas del SAT ocurrió el año pasado, llamó en especial la atención de los internautas, ya que a partir del onceavo mes del año pasado (es decir, desde noviembre de 2013) las personas que fueran mayores de 18 años y que a su vez ya contarán con la Clave Única de Registro de Población podrían sacar su Registro Federal de Contribuyentes. Esto significa que por primera vez el RFC y CURP se unirían para facilitar la obtención de un documento tan importante como este.
El RFC y CURP comparten algunas letras y números que conforman sus claves individuales. Por ejemplo, la fecha de nacimiento, las iniciales de los apellidos y el nombre etcétera. Aunque claro está que se utilizan para cuestiones diferentes. El primero sirve para llevar un control de los impuestos que debe pagar un individuo por las actividades laborales que desempeña y que obviamente conllevan una retribución económica.
Por su parte la CURP podría ser definida como un acta de nacimiento sólo que abreviada. Digo esto porque te sirve para inscribirte en la escuela de tu preferencia, sacar un seguro médico o hasta para tramitar una tarjeta de débito.
De acuerdo con cifras oficiales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se estima que gracias a esta nueva opción en la que los usuarios de la red, pueden iniciar su trámite de inscripción ante el SAT con la unión del RFC y CURP, se beneficiarán más de 2.5 millones de personas. Cifra muy significativa, sobre todo si tomamos en cuenta el hecho de que la mayoría de estos nuevos afiliados acaban de cumplir la mayoría de edad.
Dicho de otra manera, esta iniciativa lo que se propone es captar la mayor cantidad del nuevo sector que pertenece a la Población Económicamente Activa. Hace no muchos años, o sea antes de poder realizar el trámite con el RFC y CURP, inscribirse en Hacienda era algo de lo más fastidioso con lo que te puedes encontrar dentro de los trámites burocráticos del Gobierno Federal, ya que no sólo te obligaban a ir varias veces a las oficinas del SAT, prácticamente en vano, sino que además tenías que llenar un sinfín de formularios.
Previamente a describir el proceso de inscripción para el RFC y CURP, sentimos la obligación de mencionarte que no necesariamente tienes que inscribirte en el SAT cuando inicies tu vida laboral, sino que lo puedes llevar a cabo antes de que esto suceda.
Lo verdaderamente importante es que en el instante en el que comiences a recibir honorarios debes de actualizar tu situación, presentando un «Aviso de actualización de actividades económicas». Esta y otras muchas opciones las encontrarás en el portal oficial del diferencial servicio de Administración Tributaria.
RFC y CURP: al obtener mi registro ¿recibo también mi firma Fiel?
No necesariamente. Es decir, la firma Fiel sólo se obtiene si el interesado comprueba que ya ha iniciado actividades de índole comercial. Además, debe presentarse en alguna de las oficinas señaladas para que le sea entregada su contraseña o llave electrónica. Si el usuario omite este paso, es posible que el SAT le inhabilite su RFC hasta que concluya satisfactoriamente con todos los trámites subsecuentes.
Lo anterior se encuentra expresado en el código interno de operaciones de dicha institución.
Para la preinscripción, sólo necesitarás tener a la mano la siguiente información, ya que es indispensable para que el sistema genere un folio, pues este es el único método que te permitirá completar el trámite de RFC y CURP:
– Original o impresión de tu CURP (Si no sabes cómo obtenerlo en línea, visita las demás entradas de este blog, ya que hemos hecho varias entradas interesantes sobre ese tema).
– Tener al menos 18 años cumplidos.
– Colocar la dirección de tu domicilio, así como una cuenta de correo electrónico propia. Ambas cosas más que nada se solicitan para poder recibir avisos provenientes de la Secretaría de Hacienda.
¿Puedo poner un negocio usando únicamente mi RFC y CURP?
Los contribuyentes menores pueden iniciar una micro o pequeña empresa, siempre y cuando verifiquen el número de empleados máximos que le corresponde al ramo industrial elegido.
Sin embargo, uno de los giros comerciales que más auge ha tenido en las últimas décadas es el que está compuesto por los negocios que surten de bebidas alcohólicas a bares y cervecerías.
En caso de que decidas entrar en este apartado, te recordamos que debes pedir una constancia de inscripción directamente al RFC. Esta medida aplica tanto a productores como a importadores o distribuidores.
Requerimientos de afiliación sin RFC y CURP
– Presentar una credencial vigente con fotografía expedida por alguna entidad estatal o federal en donde se verifique la identidad del interesado.
– Recibo expedido por el banco en donde se demuestre que has efectuado el pago correspondiente de contribución federal, de producto y aprovechamiento. A su vez este documento debe contar con su sello digital.
– En el supuesto de que la persona que presente la petición de inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas funja como representante legal de la empresa, deberá mostrar el poder judicial en donde se aclare que en efecto cumple con dicha función. Es recomendable que también presente su RFC y CURP.
– También en el caso en el que el interesado tenga alguna discapacidad que le impida ejercer este trámite por sí mismo, podrá hacerse acompañar de sus padres o tutores, siempre y cuando éstos comprueben que en efecto existe un vínculo consanguíneo y/o legal.
El personal que labora en las oficinas del SAT y que además se encarga de atender las peticiones que tienen que ver con el RFC y CURP nos han dicho que la totalidad de tiempo que le toma a un ciudadano llevar a cabo este trámite, es de menos de 45 minutos. Aunado a esto, la gente que hace cita espera un promedio máximo de 10 minutos en ser atendida. Algo que verdaderamente es de tomarse en cuenta, sobre todo viendo las muchas ocupaciones que tiene gran parte de la población en su día a día.
Si tienes más dudas acerca de los fundamentos jurídicos que sustentan estas operaciones, te sugerimos echarle un vistazo al Código Fiscal de la diferencial Federación en su artículo 31.