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Consulta de RFC a través de Internet

Antes de adentrarnos al tema que tiene que ver con la consulta de RFC, te vamos a dar una pequeña definición de lo que es este trámite. El Registro Federal de Contribuyentes es un código alfanumérico que se compone de tres caracteres distintos, cuando es utilizado por personas físicas. (Esta composición se modifica cuando se trata de personas morales, es decir, empresas. Aunque de ello hablaremos en otro momento).

El RFC lo debe sacar cualquier individuo que se haya integrado de manera lícita al mundo laboral. Dicho de otra manera, en el instante en el que esta persona ha comenzado a trabajar y al mismo tiempo a recibir un salario por los servicios que presta, ya que es ahí cuando se ve obligado a pagar impuestos al gobierno.

Este trámite debe de realizarse forzosamente ante el Sistema de Administración Tributaria (comúnmente conocido como SAT). Por suerte, hoy en día podemos realizar un pre registro accediendo a su portal ubicado en Internet.

Consulta de RFC a través de Internet

Una vez que hayas ingresado a la página, debes ubicar la pestaña de «Trámites» y hacer clic en ella para que te redirecciones a una ventana secundaria.

Posteriormente, localiza la palabra «RFC» y selecciona la opción que te re direccione a la zona de «Personas físicas».

Llena cuidadosamente los datos que se te solicitan, ya que es muy importante que incluyas tus datos reales. Una vez que hayas terminado de escribir en todos los campos del formulario de inscripción al RFC, haz clic en el botón enviar y de ser posible imprime la página de tu recibo. (Si no cuentas con un equipo de impresión a la mano, apunta en un papel el número de folio que te será proporcionado, pues con él se te entregará la documentación correspondiente una vez que hayan transcurrido al menos 10 días hábiles).

Luego entra al sitio de Citas del SAT y escoge el centro de atención más cercano a tu domicilio. El día de tu cita te entregarán tu cédula de identificación de RFC y una breve guía de derechos y obligaciones.

Régimenes de RFC para personas físicas

En anteriores entregas hicimos una introducción a los regímenes fiscales, explicando también los más comunes, asalariados, honorarios (servicios profesionales) y el Régimen de Incorporación Fiscal, por lo cual ha llegado el momento de continuar, con los últimos dos de ellos, arrendamiento de inmuebles y actividades empresariales, para que de esta forma usted pueda conocer con mayor detalle el régimen bajo el cual debe inscribirse en el RFC.

Empezaremos entonces con el arrendamiento de inmuebles, el cual está destinado para las personas que obtienen ingresos al otorgar en renta o alquiler bienes inmuebles como: casas habitación; departamentos habitacionales; edificios; locales comerciales, bodegas, etcétera. También se consideran ingresos por arrendamiento, las cantidades que obtiene una persona, por conceder el uso o goce, así como otros derechos que se pacten sobre un bien inmueble, esto incluye aquellas ganancias derivadas de la venta o cesión de los derechos mencionados, siempre y cuando estos bienes se encuentren en territorio nacional. Es importante mencionar que, para tributar correctamente en esta categoría, es necesario expedir comprobantes que cumplan con los requisitos fiscales.

En el último de los regímenes, se engloban las personas dedicadas a actividades empresariales, las cuales perciben ingresos derivados de realización de actividades empresariales o de la prestación de servicios profesionales. Así, como aquellos que realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas (Para tributar en este régimen no se establece un límite de ingresos).

Régimenes de RFC para personas físicas

En este apartado entran los talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas; minisúpers, escuelas; kinders, guarderías, ferreterías, refaccionarias, entre otras.

Para las personas que consiguieron su RFC tributando en este esquema, es posible cambiar al Régimen de Incorporación Fiscal a partir del 1 de enero de 2017.

La importancia de conocer bajo qué régimen tributar, implica también conocer si se debe registrar como persona Física o Moral, ya que esto cambia el RFC que nos corresponde, uno de ellos se compone de trece dígitos, mientras que el otro son catorce.